jueves, 21 de julio de 2011

SEGUNDO PILAR: INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR: POR EL CAMBIO DE LA IMAGEN DE DOSQUEBRADAS


II.               VOCACIÓN LEGILATIVA.


La Constitución Política colombiana introduce varios lineamientos en lo que tiene que ver con el estado y el ciudadano, veamos:  Preámbulo:  “en ejercicio de su poder soberano... dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo”;  

En su artículo 1 establece que Colombia es una “República democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”. 

Por su parte su artículo 2 consagra como fines del Estado el de “facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación”,

Y el 3 que: “La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes”.

Al introducir estos conceptos, la Carta Superior no reduce el espectro al hecho de que es el pueblo el que vota y elige a sus gobernantes, sino que el ciudadano con base en el principio de responsabilidad y solidaridad, puede y debería ejercer control sobre la actividad de las personas que elige.  

Tarea no olvidada sino ignorada, pues pocos colombianos saben y conocen que el artículo 103 de la Carta Superior, además del voto, consagra otra clase de mecanismos de participación ciudadana, así los define la norma: Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato.

Herramientas tan sencillas y que podrían dar muestras de un verdadero liderazgo del ciudadano del común, son ignoradas, desconociendo su verdadera importancia como medio eficaz de ejercer nuestros derechos democráticos.

En el tercer pilar de esta exposición de ideas se trata el tema del cabildo abierto como el principal mecanismo de control al gobernante y a los funcionarios públicos acerca de su gestión.

Entre los mecanismos que trae el mentado artículo 103 Constitucional, encontramos el de la iniciativa legislativa.

Quiere esto decir, que la facultad de estudiar y presentar proyectos de ley en Colombia, no le ha sido conferida exclusivamente a los Congresistas (Senadores y representantes a la Cámara), sino que cualquier ciudadano, con el cumplimiento de los requisitos previos, puede presentar proyectos de ley. 

Un ciudadano debe como primera medida conformar un comité promotor para presentar la iniciativa con el respaldo del 5 por mil de las personas inscritas el censo electoral y posteriormente deberá ser respaldado con el 5% de las personas inscritas en el censo electoral del país.  

Los concejales lo podrán hacer con el respaldo del 30 % de los Concejales.

Es así que como Concejal, yendo más allá de las propias funciones simples que confiere la ley en esa calidad y asumiendo el inmenso compromiso con las comunidades, no sólo Dosquebradenses sino del país entero,  presentaré dos proyectos de ley.  Dos temas vulnerables socialmente han sido elegidos, a pesar del sinnúmero que podrían ser objeto de estudio.  Ello además porque comprometerse con más, implicaría un gran desgaste corriendo el riesgo de incumplirse.

De esta manera se llegará a los dos objetivos del proyecto político: 1) Que se hable bien de Dosquebradas y 2) que la gente se sienta orgullosa de vivir acá.

Un ciudadano que hace uso de un mecanismo que pocos o nadie ha utilizado, al defender proyectos en el Congreso siendo Concejal, dará de qué hablar y pondrá el nombre de Dosquebradas de manera positiva en los medios de comunicación, lo que le permitirá con autoridad moral y demostrando capacidad, gestionar recursos en la capital para las necesidades del municipio.

Una de las causas de la falta de identidad de los Dosquebradenses, es el hecho de que en el municipio se genera la noticia negativa. Que es el municipio más corrupto de Colombia, que de otros lugares del país vienen a hacer postgrado en corrupción; que destituyeron a tal o cual funcionario, son ejemplo de ello.

Con la utilización de los mecanismo Constitucionales, lo que se hará recolectando firmas y defendiendo los proyectos de ley en el Congreso, se dará un golpe de opinión a nivel nacional, pues no se tiene noticia de que algún colombiano lo haya intentado.  Así Dosquebradas será reconocida y ello abrirá puertas en el gobierno central y en grandes empresas para gestionar recursos y traerlos al municipio.

Este mecanismo de participación inutilizado por los colombianos, requiere de grandes esfuerzos. Me comprometo a desarrollarlo desde el Concejo y a defender los proyectos de ley en el Congreso de la República en nombre y representación de los Dosquebradenses, para que empiecen a reconocerse como gente capaz e iniciar así, el camino hacia el cambio de la imagen de nuestro municipio.


PROYECTOS QUE PRESENTARÉ



1.   VALOR DE RECONEXIÓN EN SERVICIOS PÚBLICOS.


El valor de la reconexión en servicios públicos es sumamente alto y se ha convertido en un ataque a la dignidad del usuario, quien además del servicio y los intereses por mora, debe cancelar un altísimo valor por concepto de  reconexión para que le sea restablecido el servicio.  También es la mejor estrategia de las empresas prestadoras para enriquecerse.  Constituye por lo tanto una triple sanción, es decir, 1) se desconecta el servicio, 2) se cobran intereses por mora y 3) se carga el costo de reconexión. Sin el pago de los dos últimos conceptos, el servicio no se restablece.

En un país subdesarrollado como Colombia, en el que la miseria toca las puertas de más del 50% de los ciudadanos, en el que los porcentajes de incremento del salario mínimo son risibles, es inaudito que el usuario pobre tenga que pagar en la mayoría de ocasiones el 100% o más del valor de su consumo por concepto de reconexión. A ello, sumada la mala prestación de los servicios y sus altos costos.

Se desnaturalizó la filosofía de servicio público para convertirse en un negocio. Es decir, en los estratos bajos cuyo consumo de un servicio no supera determinada suma, el valor de reconexión es similar y aún superior.

¿El hecho de la reconexión qué costos genera?.  Ello depende del servicio suspendido. Algunos implican traslado al lugar de residencia y otros se hacen desde la misma empresa por medios tecnológicos. ¿Cuánto cuesta el traslado de un operario desde la empresa hasta el lugar de residencia?.  Jamás costará 13000 o 27000 pesos.

No se pretende entonces que este concepto se elimine, ni mucho menos auspiciar la cultura del no pago.  Este valor debe reglamentarse de acuerdo al estrato y al valor del servicio dejado de pagar. Se propone eliminarlo para el estrato 1 y para los demás que sea proporcional estableciendo unos valores mínimos y unos máximos.


2.     COTIZACIÓN AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD POR PARTE DE LOS PENSIONADOS.


Presentaré un proyecto de ley para que los pensionados que devengan hasta un salario y medio mínimo legal, coticen con el 4% y no como se hace actualmente con el 12% de su pensión.  Es decir, en la actualidad un pensionado que es el sustento de toda una familia y que devenga el salario mínimo, cotiza a salud $64.000,oo.  El proyecto propondrá que cotice $21.300,oo para buscar la materialización del derecho a la igualdad frente a los empleados actuales que cotizan al sistema con el 4%.

Un adulto mayor que sustenta en muchos casos toda una familia con su pensión, debe acudir a la consulta médica constantemente. Para ello debe ir acompañado,  lo que incrementa los gastos de transporte sin contar con el pago de la consulta y los medicamentos.

Existe asesoría especializada para sustentar estos temas, pues se debe ser consciente de que sectores económicos poderosos  se verán afectados.  El ejercicio garantiza por lo menos reconocimiento nacional. 

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